Es deber del Suscriptor del servicio de acceso a Internet provisto por NetBeam SAS adelantar las siguientes acciones con el fin de preservar la seguridad de la red:
Adoptar las medidas necesarias y adecuadas que el Suscriptor considere necesarias para garantizar las condiciones mínimas de seguridad y ciberseguridad de sus propias redes internas de comunicaciones (alámbricas e inalámbricas) y, en general, de los equipos, elementos de red y demás infraestructura de telecomunicaciones (activa y pasiva) que sean de su propiedad o de terceras personas utilizada para el despliegue, administración y operación de dichas redes de comunicaciones.
Informar a Netbeam S.A.S cualquier interrupción, deficiencia, daño o hurto ocurrido en la infraestructura o equipos de propiedad de dicho operador del que pudiera tener conocimiento.
Utilizar equipos terminales debidamente homologados y registrados, cuando ello aplique, y reportar el hurto de sus equipos terminales a las autoridades pertinentes.
No alterar los equipos terminales que posea, aunque sean de su propiedad, con el objeto de producir la evasión del pago de las tarifas que correspondan, o cuando a consecuencia de ello puedan causar daños e interferencias que afecten la seguridad, la ciberseguridad o la calidad del servicio de acuerdo a los parámetros establecidos en la normativa colombiana.
Cumplir la normatividad colombiana respecto a la legalidad de los contenidos, aplicaciones y servicios que descarga, comparte, distribuye, utiliza o accede a través del servicio de acceso a Internet contratado a Netbeam S.A.S.